Jorge Sánchez-Tarazaga: Laicismo y filosofía

Del laicismo a la laicilatría

(Observación previa: el término «laicilatría», frente a «laicismo»,  es un neologismo que con atrevimiento proponemos para calificar el culto idolátrico a una determinada concepción de Estado, donde la conciencia queda restringida a la esfera privada, y la única moral es la determinada por el Derecho vigente, al que todos los ciudadanos han de plegarse ‘religiosamente’

Uno no deja de sorprenderse del afán clerical de determinadas órbitas progresistas, que encontramos en todo el arco parlamentario, fuertemente arraigados todos ellos en defender a grandes voces el laicismo del Estado. La verdad es que celebro que nuestro presidente de Gobierno, éste o el que fuere, no sea al tiempo el ministro de sacramento alguno fuera de su boda, ni que haya recibido las órdenes sagradas. A Dios lo que es de Dios, y al César lo que es del César, y lo cierto es que el término ‘laicismo’ deriva del de laico que, queramos o no, trae origen en el lenguaje eclesial. Por definición, y me remito a la RAE, debe entenderse por laico aquél que “Que no tiene órdenes clericales”, aunque también, he de reconocer, queda ampliado tal término a la acepción que entiende que aquello que se defina como tal es “Independiente de cualquier organización o confesión religiosa”.

El laicismo del Estado

En el debate popular, cuando nos referimos y defendemos el laicismo del Estado estamos queriendo expresar la independencia de ‘lo civil’ respecto de ‘lo religioso’, en lo que podemos estar todos de acuerdo sin duda pero, con frecuencia, se confunden los términos y se empuja abruptamente el fenómeno religioso fuera de la vida social. Tal acepción de laicismo no sólo no es posible ni recomendable para sociedad alguna sino que, además, sólo puede practicarse conculcando seriamente los derechos civiles reconocidos en todos los Estados de Derecho herederos de la civilización occidental (de los que formamos parte).

Así, la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, del 10.XII.1948, establecía que «toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y las observancias». Por su parte, entre los derechos y libertades fundamentales reconocidos por nuestra Constitución, el art. 16 nos dice que “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley”, así como que “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”. El hecho religioso, particularmente aquél del que está imbricada nuestra historia, nuestro arte, nuestra cultura en general, heredera junto con la filosofía griega y el Derecho romano también del catolicismo, está así esencialmente protegido y reconocido en abstracto.

La realidad del laicismo

La realidad nos descubre, empero, un empeño sistemático, un proyecto cultural, o más bien cabría decir anticultural y antisistema, auspiciado por el poder político y mediático, que puja por confinar la libertad religiosa al ámbito privado. El ideológicamente correcto laicismo propugnado alumbra pues al ciudadano laico, que es aquél respetuoso con las leyes y la moral pública, la única asumible, mientras que el que pretende la expresión pública de sus creencias, mientras no se trate de una ideología, sino de una fe, es un individuo ‘casposo’, totalitario, fascista, etc.

Sin embargo, lo cierto es que el verdadero laicismo es el ejercicio de la recta razón y excluye posiciones totalitarias. Al fin y al cabo, se puede construir un mundo basado en Dios o no basado en Dios, sin que haya margen para una tercera posibilidad. Basar un mundo en Dios, no quiere decir ser un fundamentalista. Al mismo tiempo, un mundo sin Dios no significa  per se crear un mundo neutral.

El laicismo positivo

Dadas esta aguas en las que terminológicamente nos movemos, abocados a hablar de laicismo para expresar la presencia de la libertad religiosa en el ámbito público, nos vemos empujados en el actual contexto a utilizar un término acuñado internacionalmente por el expresidente Sarkozy y reutilizado por Benedicto XVI: el laicismo positivo. Término que, por otra parte, ha sido recogido con antelación de forma discreta y casi invisible, cabría decir, por el mismo Tribunal Constitucional; en su virtud, “el art. 16.3 de la Constitución, tras formular una declaración de neutralidad, considera el componente religioso perceptible en la sociedad española y ordena a los poderes públicos mantener las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones, introduciendo de este modo una idea de aconfesionalidad o laicidad positiva que veda cualquier tipo de confusión entre fines religiosos y estatales […] la cooperación hunde sus raíces en el art. 9.2 del texto constitucional, conforme al cual se impone a los poderes públicos una directriz de actuación favorecedora de la libertad del individuo y de los grupos en que se integra, y creadora de las adecuadas condiciones para que tales libertades sean reales y efectivas, y no meros enunciados carentes de real contenido” (SSTC 177/1999, 128/2001 y 46/2001).

Abundando en esta idea, el «laicismo positivo» es una consecuencia directa de los conceptos de libertad y de justicia, y que no precisa apelar al nombre de Dios para que la paz, la justicia y la libertad tengan un espacio verdadero y real en la vida social. Esto se puede también lograr, insiste el Papa una y otra vez, si tenemos en cuenta las instancias de la verdad y la razón. No habiendo espacio para extenderme más aquí, este agrio debate de nuestra sociedad, ficticio si atendemos a las realidades últimas de lo que significa el laicismo predicado respecto del Estado, me conduce a la idea expresada por Calderón, en su obra “El Alcalde de Zalamea”, cuando le hace decir a Pedro Crespo: “Al rey la hacienda y la vida se le han de dar pero el honor es patrimonio del alma y el alma sólo es de Dios”. Uno se pregunta, al ver la dictadura de lo políticamente correcto y la cárcel normativa y mediática que le da cobertura, si nuestros gobernantes y los creadores de opinión pública han leído y entendido a nuestro insigne autor…

Jorge Sánchez-Tarazaga

Doctor en Derecho. Abogado ICAV

Letrado colaborador en EFFES Estudio Jurídico

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Catedrático de Lógica y Filosofía de la Ciencia en la UCV "San Vicente Mártir". Autor, entre otras obras, de "Los Nuevos Redentores" (Anthropos, 1987), "Tecnología y futuro humano" (Anthropos, 1990) y "La violencia y sus claves" (Ariel Quintaesencia, 2013).
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Catedrático de Lógica y Filosofía de la Ciencia en la UCV "San Vicente Mártir". Autor, entre otras obras, de "Los Nuevos Redentores" (Anthropos, 1987), "Tecnología y futuro humano" (Anthropos, 1990) y "La violencia y sus claves" (Ariel Quintaesencia, 2013).

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